http://opendata.unex.es/recurso/ciencia-tecnologia/investigacion/tesis/Tesis/2016-78

La evolución de la sanidad ha venido a desembocar en su consideración como una actividad humana que, aunque altamente reconocida, no puede sustraerse del control de la legalidad vigente, que precisa de la introducción de mecanismos que ordenen la práctica profesional y protejan al paciente en su relación con el sistema sanitario y la salud de posibles injerencias en sus derechos, algunos de ellos de carácter fundamental.El desarrollo tecnológico y científico en el ámbito de las ciencias biomédicas en el último cuarto del siglo pasado, ha provocado la reflexión sobre el sentido y límites de estos avances, propiciando la aparición de una serie de nuevos derechos de los pacientes.Sin duda, uno de los focos de atención de este debate, lo constituyen los derechos de las personas en su relación con el entorno sanitario en general y en la problemática aplicación de los mismo ante los avances biotecnológicos de las últimas décadas en particular.Pues bien, este foco de atención citado, ha sido también el nuestro a lo largo del trabajo de investigación, convirtiéndose en el objeto de estudio del mismo, junto con el análisis de la idoneidad del tratamiento jurídico que de ellos se ha venido realizando en nuestro país.La necesidad de superar el paternalismo médico, la madurez de Occidente respecto del reconocimiento de los derechos individuales junto con una noción autonomista de la libertad heredada de la Modernidad, reduce ésta a un absoluto libre arbitrio individual y producen la preponderancia del Principio de Autonomía, como criterio bio-jurídico prevalente en el desarrollo de estos derechos. El protagonismo del Principio de Autonomía, paradigmáticamente materializado en la exigencia del consentimiento informado, se ha trasladado al proceso de producción bio-legislativa, aunque su acogida por los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno no está exenta de problemas. Sólo una labor normativa realista y fundada en la inviolable dignidad de la persona humana puede conciliar el legítimo derecho a la autonomía del que todo ser humano es titular, como aspecto fundamental de su libertad, con la garantía de otros bienes fundamentales relacionados con la salud.Con carácter general, creemos probada la falta de adecuación normativa a la muy variada casuística que se va planteando a la sociedad conforme al desarrollo de las biotecnologías, así como la difusa y dispersa legislación al respecto de los derechos de los ciudadanos en su relación con el sistema sanitario y la salud.

Literals

  • dcterms:creator
    • Gómez Galán, Rafael
  • ou:tribunal
    • Maestre Casas, María Del Pilar (Secretario)
    • Rodriguez-Vergara Diaz, Angel (Vocal)
    • Cabezas Hernández, Mª Teresa (Vocal)
    • Aguilar Grieder, Hilda (Vocal)
    • Blanco-Morales Limones, Pilar (Presidente)
  • dcterms:description
    • La evolución de la sanidad ha venido a desembocar en su consideración como una actividad humana que, aunque altamente reconocida, no puede sustraerse del control de la legalidad vigente, que precisa de la introducción de mecanismos que ordenen la práctica profesional y protejan al paciente en su relación con el sistema sanitario y la salud de posibles injerencias en sus derechos, algunos de ellos de carácter fundamental.El desarrollo tecnológico y científico en el ámbito de las ciencias biomédicas en el último cuarto del siglo pasado, ha provocado la reflexión sobre el sentido y límites de estos avances, propiciando la aparición de una serie de nuevos derechos de los pacientes.Sin duda, uno de los focos de atención de este debate, lo constituyen los derechos de las personas en su relación con el entorno sanitario en general y en la problemática aplicación de los mismo ante los avances biotecnológicos de las últimas décadas en particular.Pues bien, este foco de atención citado, ha sido también el nuestro a lo largo del trabajo de investigación, convirtiéndose en el objeto de estudio del mismo, junto con el análisis de la idoneidad del tratamiento jurídico que de ellos se ha venido realizando en nuestro país.La necesidad de superar el paternalismo médico, la madurez de Occidente respecto del reconocimiento de los derechos individuales junto con una noción autonomista de la libertad heredada de la Modernidad, reduce ésta a un absoluto libre arbitrio individual y producen la preponderancia del Principio de Autonomía, como criterio bio-jurídico prevalente en el desarrollo de estos derechos. El protagonismo del Principio de Autonomía, paradigmáticamente materializado en la exigencia del consentimiento informado, se ha trasladado al proceso de producción bio-legislativa, aunque su acogida por los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno no está exenta de problemas. Sólo una labor normativa realista y fundada en la inviolable dignidad de la persona humana puede conciliar el legítimo derecho a la autonomía del que todo ser humano es titular, como aspecto fundamental de su libertad, con la garantía de otros bienes fundamentales relacionados con la salud.Con carácter general, creemos probada la falta de adecuación normativa a la muy variada casuística que se va planteando a la sociedad conforme al desarrollo de las biotecnologías, así como la difusa y dispersa legislación al respecto de los derechos de los ciudadanos en su relación con el sistema sanitario y la salud.
  • dcterms:identifier
    • 2016-78
  • ou:tesisDehesa
  • dcterms:director
    • Eslava Rodríguez, Manuela (Codirector)
    • Sabido Rodríguez, Mercedes (Codirector)
  • dcterms:subject
    • Derecho Y Legislacion Nacionales
    • Teoria Y Metodos Generales Del Derecho
  • ou:programaDoctorado
    • Derecho Privado
  • dcterms:title
    • Derechos De Las Personas En Relación Con La Salud. Fundamentación Jurídica En El Ordenamiento Español.
  • vcard:url

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