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La imposibilidad de iniciar un procedimiento de apremio sin haber notificado de manera expresa el fin de la suspensión de la ejecutividad de una liquidación impugnada y la apertura de plazo para proceder al pago voluntario: el razonzable criterio de la STS de 28 de octubre de 2005 (RJ 2005, 7617)

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Juan Calvo Vérgez

2006 Aranzadi Jurisprudencia tributaria


ISSN

1132-8568


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