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La excedencia por cuidado de hijo es compatible con el alta en el RETA y pueden causarse simultáneamente dos prestaciones por maternidad, una en el Régimen General y otra en el Régimen Especial: comentario de la sentencia del TS de 10 de febrero de 2015
Pilar Palomino Saurina
2015 Diario La Ley
ISSN
1989-6913
AUTORES DE LA UEX