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A efectos de determinar el subsidio por desempleo no pueden tomarse en consideración los ingresos de la pareja de hecho del beneficiario: Comentario de la sentencia del TS de 17 de octubre de 2018
Pilar Palomino Saurina
2019 Diario La Ley
ISSN
1989-6913
AUTORES DE LA UEX